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Se oficializó la suba de retenciones para grandes productores de soja

La suba es del 3%, se pasa del 30% a 33% para quienes cosechan más de 1.000 toneladas y reduce el impuesto para productos de economías regionales.

El gobierno nacional formalizó el aumento de los derechos de exportación para la soja, del 30% al 33%, y la reducción para una decena de cultivos relacionados con las economías regionales.

Lo hizo a través del decreto 230/2020 publicado este jueves en el Boletín Oficial en el que se remarca que “resulta fundamental establecer políticas inclusivas de la actividad exportadora de las economías regionales” y  “mejorar los ingresos fiscales en un contexto económico de endeudamiento, alta inflación, recesión creciente, desempleo generalizado y emergencia alimentaria”.

Para modificar las retenciones, el gobierno recurrió a la ley de emergencia que se denominó de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que habilita al Poder Ejecutivo a fijar derechos de exportación cuya alícuota no puede superar el 33%.

La medida se tomó luego de varias semanas de negociaciones con la Mesa de Enlace, que representa las patronales del campo, y en medio de tensiones con los denominados “autoconvocados” que impulsan que se realicen medidas de fuerza.

Una de las claves de la negociación es la segmentación: si bien la soja sube a 33% sus derechos de exportación, este máximo será tributado por los productores de más de 1000 toneladas.

Quienes producen hasta 100 toneladas, tributarán una retención del 21%; entre 100 y 200, el 24%; entre 201 y 300, el 27%; entre 301 y 400, el 28%; entre 401 y 500, 29%; y entre 501 y 1.000 toneladas, 30%.

Además, se reducirán las retenciones a productos regionales. Las que se aplican a arvejas, porotos, garbanzos, lentejas, bajan de 9% a 5%; para el maní, de 12% a 7%; para la harina de trigo, de 9% a 7%; y para el girasol, de 12% a 7%, aunque para girasol confitero y aceite de girasol, la reducción va del 12% a 5%.

También bajan los derechos de exportación al maíz pisingallo, que se usa para pochoclo, de 9% a 5%; al arroz paddy, de 12% a 6%; y al arroz pulido, de 9% a 5%.

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