En la jornada de hoy se detectaron 33 nuevo cosos de Coronavirus. Asciende a 85 el total de casos. El Ministerio de Salud Pública, a través de la División Epidemiología y de la División Bioquímica, informa que hasta las 18:00 horas del día 22 de agosto de 2020, se registraron 33 nuevos casos positivos de COVID-19 por contactos estrechos. Los números oficiales de casos por coronavirus en San Juan son los siguientes:Nuevos casos: 33Total confirmados: 85Pacientes con proceso infeccioso: 64Recuperados: 21Sospechosos: 25Test negativos: 367En cuarentena: 336Cuarentena cumplida: 6608ObservacionesEn total, se encuentran internadas 8 personas en Hospital Dr. Guillermo Rawson; 4 de ellas en el sector de Terapia Intensiva – Área COVID-19 y 4 en Clínica Médica COVID-19.Entre ayer y hoy, durante los bloqueos barriales en Caucete, Santa Lucía, Rivadavia, Capital y Sarmiento se realizaron los siguientes testeos e hisopados:CauceteTest rápidos: 440Hisopados: 618Santa LucíaTest rápidos: 315Hisopados 15RivadaviaTest rápidos: 230Hisopados: 30 Capital y SarmientoEl equipo de salud se encuentra en proceso de rastrilla
El ejecutivo declara servicios públicos a internet, TV paga y telefonía
Mediante un Tiwtt el presidente adelantó que el decreto que además congela los precios hasta el 31 de diciembre del 2020. “Sin conectividad a Internet no hay desarrollo industrial ni económico posible”, afirmó Gustavo López, vicepresidente del Enacom El presidente Alberto Fernández anunció esta noche su decisión de declarar como «servicios públicos» a la telefonía celular, los servicios de internet y la televisión paga», de manera de garantizar el acceso a toda la población. A través de su cuenta en la red social Twitter, el presidente dijo que de esta manera están “recuperando herramientas regulatorias que el gobierno anterior quitó al Estado” y advirtió: «El derecho de los usuarios y consumidores es un derecho constitucionalmente reconocido. En lo sucesivo, no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado». “La educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación son derechos básicos que debemos preservar. Por eso hemos ordenado que de aquí en adelante haya planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen”, agregó el jefe del Estado. La medida será tomada a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que se publicará esta noche en el Boletín Oficial, señalaron fuentes oficiales. Además de declarar a la telefonía celular y fija, a los servicios de internet y a la TV paga como servicios públicos esenciales, la norma dispondrá el congelamiento de los precios hasta el 31 de diciembre próximo. Según las mismas fuentes, tampoco podrá haber aumento de tarifas en el futuro sin previa autorización del Estado, debido a que pasará a ser un “servicio público” y ya no estará sujeta a la decisión exclusiva de las empresas, como sucede en la actualidad. De esta forma, el Estado recupera las “herramientas regulatorias” sobre estos sectores. Por su parte, el vicepresidente del Enacom, Gustavo López. explicó que “quedó demostrado que los servicios de Internet, telefonía y de cable no son servicios suntuarios sino que son esenciales para el acceso al conocimiento, la educación, a la cultura pero también al trabajo y el desarrollo económico”. “Sin conectividad a Internet no hay desarrollo industrial ni económico posible” afirmó López al referirse a la medida dispuesta por el gobierno. En el mismo sentido, consideró que “era imprescindible recuperar la declaración de servicio público que había eliminado el ex presidente Mauricio Macri a la semana que asumió, dejando esto como una simple mercancía entre privados y no un derecho humano básico”. Además, la norma que se dará e conocer a través del Boletín Oficial, dará un paso más allá de lo derogado oportunamente por la gestión Cambiemos e incluirá a la telefonía celular entre los servicios públicos, esenciales y estratégicos. López destacó que a partir del nuevo DNU “el precio de los servicios estará regulado”. “Significa que si bien sigue siendo en competencia entre las empresas, ningún aumento puede hacerse sin la previa autorización del Enacom”, apuntó. “Después para abajo pueden hacer descuentos que consideren oportunos pero el tope del aumento lo pone el Estado”, aseveró López al plantear el nuevo esquema de competencia que tendrán que abordar las compañías prestadoras de cada servicio. El vicepresidente del Enacom también reseñó que se implementarán “las prestaciones básicas universales y obligatorias», lo que implica asegurar «los planes inclusivos y la tarifa social para los que no pueden acceder a un plan”. “El Estado ahora le va a garantizar el acceso a planes inclusivos a través de una prestación universal y que las empresas serán las encargadas de ofrecera un precio acordado” con la autoridad de aplicación. Tampoco podrá haber aumento de tarifas en el futuro sin previa autorización del Estado, debido a que pasará a ser un “servicio público” y ya no estará sujeta a la decisión exclusiva de las empresas, como sucede en la actualidad. De esta forma, el Estado recupera las “herramientas regulatorias” sobre estos sectores. El anuncio formulado este viernes por el Presidente también deja sin efecto el incremento de entre 10 y 15% que las tres mayores operadoras de telefonía celular -Movistar, Telecom Personal y Claro- tenían previsto aplicar a partir del primer día de septiembre. El DNU dispondrá, entre otras cuestiones, que “se establecen a los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (TIC), al acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios de servicios TIC, como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia”.
Fase 1: conoce las actividades esenciales
Enterate de las actividades exceptuadas. Recordá que para circular tendrás que generar un permiso especial a través de la página de gobierno. Durante los próximos 14 días sólo estarán permitidos los desplazamientos mínimos para abastecimientos y servicios declarados esenciales a esta emergencia. Estos son: Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, y Bomberos. Autoridades de los Gobiernos Nacional, Provinciales y Municipales; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial y Municipal, convocados y convocadas por las respectivas autoridades en el marco de actividades esenciales. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. Transporte público de pasajeros esenciales, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa PEN N° 703/20. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Actividad minera de carácter esencial. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa PEN N° 450/20, artículo 1°, inciso 8. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa PEN N° 429/20. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica de urgencias y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Actividades agropecuarias esenciales. Industrias que se realicen bajo procesos continuos. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa PEN N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3. Guardias mínimas presenciales en establecimientos educativos. Registros del automotor con turno previo y guardia mínima. Organismos de recaudación. A los fines de acreditar la circulación, deberán tramitarse permisos en el portal que dispone la provincia en el sitio web: https://permisocirculacion.sanjuan.gob.ar/ Cualquier otro permiso que se haya acreditado con anterioridad pierde vigencia y caducidad.
Confirman dos casos de Coronavirus en Rivadavia y Sarmiento
En los departamentos de Rivadavia y Sarmiento confirman confirman un casos. En el día de hoy, sábado 22 de agosto, el intendente del departamento Rivadavia, Fabian Martín, le confirmó que se logró detectar un caso positivo de coronavirus dentro del muncipio. Se trata de una mujer mayor de edad.En Sarmiento fuentes del Gobierno local también confirmaron un caso positivo. En horas de la mañana se pudo apreciar a autoridades de Salud Pública y efectivos de la Policía de San Juan cerrando el barrio Portal de Los Andes III en el departamento de Rivadavia ante un posible caso de COVID-19. Horas más tarde el propio intendente de este municipio, Fabián Martín, confirmó que se trata de un contagio confirmado. El jefe comunal confirmó que una vecina mayor de edad arrojó un resultado positivo en su estudio para detectar si padecía coronavirus o no y que existe la posibilidad de que haya contagiado a uno de sus propios hijos, ya que viven en el interior del mismo domicilio en Rivadavia. En Sarmiento, las fuerzas de seguridad junto con personal de Salud Pública procedieron a cerrar el barrio Villa Guel y Barrio Norte de Media Agua.
Fase 1: Se aislaron barrios en Sarmiento y Rivadavia
Tras la detección de dos casos de coronavirus se tomó la medida de aislar las comunas. Se trata de los barrios Portal de los Andes I, el Portal de Los Andes II y el barrio Stotac. y de la Villa Guell en la localidad de Media Agua. Debido a la detección de dos casos de COVID-19, desde el Ministerio de Salud de la provincia, decidieron cerrar un barrio en Rivadavia y otro en Sarmiento. El de Rivadavia, se trata de los barrios Portal de los Andes I, el Portal de Los Andes II y el barrio Stotac. Serán hisopados los vecinos que residen en esos lugares. Por otra parte, también se aisló un barrio en Sarmiento siendo este la Villa Guell en la localidad de Media Agua donde hay un intenso operativo.