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Actualizado: 13:46 el cimbronazo.com

Por decreto: Indemnizaciones por despidos y ventas de viviendas pagarán Ganancias

La decisión se estableció por decreto. Mirá a quiénes afecta la medida.
Con las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabiente, Marcos Peña; y el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne se publicó en el Boletín Oficial el decreto 976/2018 que trae modificaciones al impuesto a las ganancias.Se trata de una nueva medida del Gobierno para incrementar la recaudación fiscal el año próximo en el marco del ajuste implementado para alcanzar el déficit primario cero, en línea con el acuerdo alcanzado con el Fondo Monetario Internacional.

Según el decreto, las indemnizaciones pagarán Ganancias cuando el despedido haya ocupado un cargo gerencial durante al menos un año antes de la desvinculación y cuya remuneración bruta mensual supere en quince veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que en estos días está en $10.700, es decir unos $160.500.

El decreto estipula que en las previsiones del segundo párrafo del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias quedan comprendidas «las sumas que se generen con motivo de la desvinculación laboral de empleados que se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas».

En el mismo decreto, el Gobierno incorporó como quinto apartado del artículo 2º de la ley del gravamen, dentro de su objeto, «los resultados derivados de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles adquiridos desde el 1 de enero, exceptuándose a los provenientes de la venta de la casa-habitación del contribuyente».

El decreto reglamentario dispone que la propiedad se considerará ingresada al patrimonio a partir del 1 de enero de 2018 con la posesión del inmueble, incluso sin haberlo escriturado. Y «aun cuando el boleto de compraventa u otro compromiso similar se hubiere celebrado con anterioridad».

Fuente: www.cronica.com.ar

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