El año pasado eran calificados como títulos docentes, pero este año fueron considerados supletorios.
A través de la Resolución 6.265 agosto/17 ME, por el cual se dispone cómo quedarán establecidas las valoraciones para los Institutos de Música según pertenezcan a un Instituto de Educación Formal o no Formal. Los docentes que se inscribieron este año, se encontraron con la sorpresa, al momento de la notificación del puntaje, que ya no son considerados con títuloDocente sino supletorio.
La Resolución 6265 intenta dar respuesta rápida a las presentaciones legales de aspirantes a cargos de supervisión que desde el 2016 no pueden ascender. La normativa existente había quedado desactualizada. Aunque esta nueva vulnera derechos adquiridos por parte de personas que venían desempeñándose en escuelas como «docentes de música». Un principio lógico establece que las normas no pueden ser aplicadas hacia atrás, por lo que en este caso, para contemplar todas las situaciones se deberá hacer «borrón y cuenta nueva».
Lo preocupante es el tiempo que llevara resolver y todo el trabajo ya realizado. Sin cuantificar los gastos que estás medidas insumen.
Fuente: Con Tiza y Pizarrón – Adriana Vera