UDAP, UDA y AMET presentaron un recurso jerárquico contra las resoluciones de la Subsecretaría de Trabajo de San Juan. Argumentan que la medida es arbitraria, vulnera el derecho de huelga y podría escalar a la Justicia si no se revoca.
Los principales gremios docentes de San Juan —UDAP, UDA y AMET— presentaron un recurso jerárquico contra las resoluciones de la Subsecretaría de Trabajo que establecieron la obligación de garantizar un 75% del servicio educativo durante las medidas de fuerza. La presentación, realizada de manera conjunta, solicita la revocación de las decisiones administrativas por considerarlas «arbitrarias y contrarias al orden constitucional».
Como lo adelantamos el sábado pasado en Código Docente Streaming, el abogado de UDAP, Daniel Persichella, confirmó que los sindicatos evaluaban una ofensiva judicial contra la resolución que declaró el servicio esencial en educación.
Detalles de la presentación
El recurso fue firmado por Patricia Quiroga (UDAP), Karina Navarro (UDA) y Daniel Quiroga (AMET), con patrocinio legal de los abogados Pascual Persichella, Roberto Correa Esbry y Marcelo Arancibia. La documentación se presentó ante el subsecretario de Trabajo de la provincia, Franco Marchese, en el marco de los expedientes administrativos vinculados al conflicto docente.
Las organizaciones sindicales interpusieron el recurso contra las resoluciones N° 039-ST-2026, 040-ST-2026 y 041-ST-2026, dictadas el pasado 9 de marzo. En el escrito, sostienen que dichas resoluciones resultan «ilegítimas, arbitrarias y contrarias al orden constitucional», por lo que solicitaron su revocación y la declaración de nulidad.
Argumentos centrales del planteo
Los gremios formularon un planteo de inconstitucionalidad respecto del régimen aplicado por la autoridad laboral para fijar la obligación de prestación mínima durante el paro. Según argumentaron, la medida:
- Afecta el derecho de huelga garantizado por la Constitución Nacional.
- Vulnera las garantías sindicales y los convenios internacionales de la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
- Considera a la educación como «servicio esencial» sin cumplir con los requisitos legales para tal clasificación.
Además, dejaron planteada la posibilidad de acudir a la Justicia provincial o federal en caso de que el planteo administrativo no prospere, reservándose expresamente el derecho de recurrir a los tribunales para defender lo que consideran derechos constitucionales vulnerados.
Unificación de expedientes: otro eje estratégico
Otro de los puntos centrales del recurso fue el pedido de acumulación de expedientes administrativos vinculados al conflicto. Las organizaciones solicitaron que los expedientes N° 208-000883-2026, 208-000871-2026 y 208-000907-2026 sean tratados de manera conjunta.
El argumento central es que existe una identidad sustancial entre los casos: intervienen los mismos sindicatos, se discute el mismo conflicto colectivo y las resoluciones adoptadas por la autoridad laboral tienen fundamentos jurídicos similares. Analizarlos por separado, advirtieron, podría generar decisiones contradictorias.
«Desde la Unión Docentes Argentinos (UDA), en unidad con los gremios AMET y UDAP, hemos interpuesto un Recurso Jerárquico ante la Subsecretaría de Trabajo de San Juan. Nuestro objetivo es taxativo: lograr la nulidad absoluta de las resoluciones que pretenden imponer un ‘servicio mínimo’ del 75% durante nuestras medidas de fuerza».
Los cuatro pilares del rechazo gremial
Los sindicatos desglosaron los fundamentos de su oposición a la resolución en cuatro ejes:
- Ilegitimidad de la Subsecretaría: Denuncian que la autoridad provincial se ha «arrogado» facultades que no le pertenecen, ignorando que la regulación de servicios mínimos es competencia nacional y requiere de una Comisión de Garantías independiente.
- Violación del Debido Procedimiento: Señalan que se saltearon etapas obligatorias de negociación y acuerdo entre las partes, imponiendo condiciones de forma arbitraria y sin diálogo previo.
- Defensa del Derecho de Huelga: Argumentan que considerar la educación como «servicio esencial» para restringir el paro es inconstitucional y contradice convenios internacionales de la OIT, ya que la huelga docente no pone en riesgo la vida ni la salud de la población.
- Desviación de poder: Sostienen que el actuar del Subsecretario de Trabajo vulnera la ética pública y los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación.
Próximos pasos del conflicto
Ahora será la autoridad superior dentro del Ministerio de Gobierno la que deberá analizar el recurso presentado y resolver si confirma o revoca las resoluciones cuestionadas. Mientras tanto, el conflicto docente continúa sumando capítulos en el plano administrativo y podría escalar al ámbito judicial si no hay una resolución favorable para los gremios.
Fuente: https://codigodocente.com.ar/

