El protocolo fue dado a conocer por la Secretaría de Seguridad y Orden Público. Durante la mañana de este día viernes 19 de junio, desde la Secretaría de Seguridad y Orden Público de la provincia, hicieron un importante anuncio. Se trata del regreso de las reuniones sociales en San Juan, luego de más de 90 días de cuarentena obligatoria. Si bien se tomó la decisión de volver a habilitar este tipo de reuniones, estos encuentro se deberán realizar cumpliendo una serie de recomendaciones que fueron difundidas por las autoridades provinciales. Estos eventos deberán tener un máximo de 12 participantes de forma simultánea. Esta medida comienza a regir desde este viernes. Estas reuniones sociales, fuera del ámbito familiar como venía siendo hasta este momento, podrán llevarse a cabo durante todos los días de la semana, hasta las 00:00. Además se aclaró que estos eventos deberán llevarse a cabo dentro de algún domicilio particular, ya que continúa estando prohibido reunirse en espacios públicos, sitios privados de alquiler, campings, clubes u otros similares. Finalmente, también se informó que las reuniones familiares tendrán el mismo régimen que las sociales y podrán realizarse todos los días hasta las 00 horas. También, se emitieron una serie de recomendaciones para tener en cuenta durante este tipo de eventos: Antes de ingresar al domicilio rociar el calzado con solución de alcohol desinfectante tanto en la suela como en la parte superior. Utilizar cubreboca en todo momento durante el desarrollo de la reunión. Disponer de solución de solución de alcohol al 70% y/o alcohol en gel en el domicilio. Higienizarse las manos frecuentemente con agua y jabón o en su defecto con alcohol en gel o solución sanitizante. No compartir utensilios o vajilla. Mantener distancia de al menos 2 metros entre personas. Evitar en la medida de lo posible el contacto físico con otras personas. Usar toallas de papel para el secado de manos y descartarlas inmediatamente después de su utilización. Hacer un memo doméstico con quienes fueron a la reunión para tener información para evitar contagios y si los hay contenerlos.
Luz, agua y gas quedan con tarifas congeladas
El Gobierno aumentó la cantidad de impagos que pueden acumularse en prestaciones de TV, Internet y telefonía. El Banco Central prorrogó alivio en créditos adeudados. El Gobierno oficializó que las tarifas de electricidad y gas natural permanecerán congeladas hasta fin de año, al extender la fecha límite de renegociación con las prestadoras de servicios, que vencía en dos semanas. Además, aumentó de tres a seis la cantidad de facturas impagas que puede acumular una familia de bajos ingresos sin sufrir cortes de servicio de luz, gas, agua, Internet, TV paga y telefonía celular, como parte de la emergencia sanitaria. En tanto, el Banco Central extendió hasta fines de septiembre la prohibición de que los bancos carguen intereses punitorios ante la mora en créditos UVA o tradicionales. En estos casos, los impagos se acumularán para ser saldados en meses posteriores, pero sin devengar las multas. El decreto 543/2020, publicado este viernes en el Boletín Oficial, rubricó que no habrá cambios en las facturas de electricidad y gas natural, que permanecen congeladas desde la primera mitad de 2019. El Gobierno extendió el plazo de seis meses que obtuvo con la ley de solidaridad y reactivación productiva votada a fin de año para renegociar las tarifas con las prestadoras de servicios de electricidad y gas bajo control del Estado nacional. La medida involucra a las concesiones de luz del área metropolitana (Edenor y Edesur) y a las distribuidoras de gas de todo el país. La garrafa de gas también tiene un precio regulado a nivel nacional y debería mantenerse sin cambios. El mismo decreto amplió de tres a seis la cantidad de facturas impagas, consecutivas o no, que pueden acumular usuarios de bajos ingresos de los servicios públicos. En el caso de la telefonía celular, la TV paga y los servicios de internet, los prestadores pueden restringir la prestación a un paquete básico, pero no cortarla. La protección ante impagos alcanza a titulares de AUH y Asignación por Embarazo, titulares de pensiones con ingresos que no superen a dos veces el salario mínimo ($3.750 en total); monotributistas sociales; jubilados y monotributistas con ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales; personas que perciban seguros de desempleo; electrodependientes; trabajadoras de casas particulares; y exentos del ABL o impuestos similares. También a micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas de trabajo e instituciones de salud. Por otro lado, el Banco Central extendió hasta el 30 de septiembre la prohibición de que bancos carguen intereses punitorios a los créditos UVA o tradicionales impagos. En estos casos, las cuotas impagas se incorporarán en los meses siguientes al final de vida del crédito, junto con la tasa de intererés compensatorio.