El juez Leopoldo Rago Gallo le concedió la eximisión de prisión al ex cortista Juan Carlos Caballero Vidal, y dió lugar a la opinión afirmativa del fiscal que estaba de acuerdo con la medida. Con esta resolución, el magistrado no irá preso mientras dure el proceso donde se deberá investigar y juntar pruebas en su contra.
La carátula de la causa se encuadra en una presunta participación necesaria en los delitos de Lesa Humanidad, enmarcada en la privación ilegítima de la libertad y en maniobras indebidas durante su paso como juez de primera instancia, en época de dictadura militar. Este fallo no es definitivo, ya que Caballero Vidal podría enfrentar un juicio oral al respecto de este delito federal. Si es encontrado culpable, irá preso porque las penas que comprenden son las más severas y no permiten la libertad del acusado.
La Justicia Federal ha comprendido que el magistrado no presenta peligro de fuga, ya que se ha mostrado colaborador con el proceso, que ha renunciado a su función como autoridad de la Corte de Justicia para comparecer ante el titular del 2do Juzgado Federal y por haberse quedado sin fueros antes de que se proceda al juicio político en su contra. Es que Rago Gallo había solicitado a la Cámara de Diputados que lo dejen sin protección judicial (fueros) para que pueda ser indagado en el marco de estos delitos.
Según confirmaron fuentes judiciales, el juez llamará a declaración indagatoria a Juan Carlos Caballero Vidal, a mediados de diciembre, antes del comienzo del receso judicial. Esto puede producirse luego de haber quedado sin la protección constitucional que prohíbe a la Justicia interrogar a los jueces. Si bien, Rago Gallo cree que el sospechoso no entorpecerá el camino del proceso, su situación procesal no será permanente. Luego, el juicio ante el Tribunal Federal podría detonar en su culpabilidad y traducirse en prisión efectiva.
Este viernes, Caballero Vidal deja de ser miembro de la Corte de Justicia, de manera oficial, luego de su renuncia presentada ante el presidente de la Corte, Ángel Humberto Medina Palá y aceptada –posteriormente- por la Cámara de Diputados. Esta decisión se tomó en el marco de un proceso inminente de destitución que fue cancelado por su renuncia voluntaria. Con esa destitución se concretaba, habría perdido su posibilidad de acceder al derecho del 92 por ciento móvil, con su jubilación.